sábado, 7 de junio de 2014

Definición e importancia del Seguro

Definición e importancia del Seguro: 

       El Seguro no es otra cosa más que el contrato que se establece con una empresa aseguradora. En dicho contrato, denominado "Póliza", la empresa se compromete a que si la persona que compró el seguro sufre algún daño en su persona (enfermedades o accidentes e incluso la muerte), o en algunos de sus bienes (automóvil, empresa, taller o casa) por cualquier motivo (robo, incendio, terremoto), dicha persona (o quien ella haya designado como beneficiario) recibirá la cantidad de dinero acordada en la póliza. A este dinero se le conoce como "Indemnización". Proviene del latín Securus, que significa libre y exento de todo peligro, daño o riesgo. Contrato por el cual una persona natural o jurídica, se obliga a resarcir pérdidas o daños que ocurran en las cosas que corren un riesgo en mar o tierra. El Contrato de Seguro es el documento (póliza) por virtud del cual el asegurador se obliga frente al asegurado, mediante la percepción de una prima, a pagar una indemnización, dentro de los límites pactados, si se produce el evento previsto (siniestro). También puede definirse el seguro, y siguiendo la acepción de Donati, de la siguiente manera: una operación económica con la cual, mediante la contribución de muchos sujetos igualmente expuestos a eventos económicamente desfavorables, se acumula la riqueza para quedar a disposición de aquellos a quienes se presente la necesidad. De esta definición, o de cualquier otra, se desprenden las dos ideas o principios sobre los que se sustenta la institución aseguradora: el principio mutual y la organización empresarial. El principio mutual, o de compensación entre sujetos expuestos al mismo riesgo, al que se llega a través de la idea de contribución y solidaridad. La organización empresarial, bajo la cual debe necesariamente llevarse a cabo la acumulación de las aportaciones en común, por ser la única organización capaz de desarrollar la actividad con las suficientes garantías de solvencia y estabilidad.

   Sujetos del Seguro: Dentro de esta relación contractual encontramos a los siguientes sujetos: • El asegurador (Empresa de Seguros). • El asegurado. • El beneficiario. Sujetos secundarios del Seguro: Mediadores de seguros: Son las personas físicas o jurídicas que realizan profesionalmente la comercialización y asesoramiento en materia de seguros. Mediadores de Seguros:
  1. Agente de seguros: Persona física o jurídica vinculada contractualmente con una determinada compañía aseguradora que, normalmente, tiene una vinculación exclusiva con ella (salvo autorización expresa para depender de otra) y conoce sus productos. En este caso la entidad es responsable directa de todas las actuaciones profesionales y de la formación del agente.
  2. Corredor de seguros: Persona física o jurídica, que asesora de forma profesional, imparcial e independiente, con responsabilidad directa de sus actuaciones o las de sus colaboradores. Normalmente ofrecen al cliente el producto que más se ajuste a sus necesidades al mejor precio posible.

Elementos del seguro:
  1. Póliza: Es el documento probatorio de la existencia del contrato de seguro.
  2. Recibo: Es el documento probatorio que acredita y certifica que una póliza está pagada. Prima: Es el importe económico que ha de pagar, de forma única o periódica.
  3. Riesgo: Es la mayor o menor probabilidad de que acaezca el siniestro.
  4. Siniestro: Hecho que produce el daño que se asegura.

Características esenciales del seguro:

• El seguro es una actividad de servicios y no una actividad industrial.
• La actividad aseguradora tiene un marcado acento financiero y económico.
• Transformación de riesgos en pagos periódicos presupuéstales.

Clasificación de seguros:

Prima de Seguro de vida: El asegurador paga una cantidad de dinero o capital previamente fijado en la póliza, dependiendo del fallecimiento o sobrevivencia del asegurado en una época determinada.
Prima de Seguro de accidente personales: Es el seguro que paga una indemnización en caso de accidentes que motiven la muerte o incapacidad del asegurado.
Prima de Seguro de incendio: Cubre los gastos generados en caso de incendio de los bienes determinados en la póliza que contrate, o bien la reparación o reposición de la cosas que resulten dañadas.
Prima de Seguro de Robo: Blinda cobertura por los danos sufridos por la desaparición, destrucción o deterioro de los objetos asegurados y que fueren robados.
Prima de Seguro complementario de salud: Cubre en parte o el total de los gastos médicos no cubiertos por tu seguro de salud.
Prima de Seguro de degravamen: Es aquel seguro que cubre al acreedor el saldo insoluto de una deuda, es decir, aquella parte que resta por pagar en caso de la muerte del deudor asegurado.
Prima de Seguro de renta vitalicia provisional: Es una modalidad de pensión o jubilación mediante el cual el asegurado está obligado, a cambio de una prima única, el pago de una renta vitalicia mensual por vejez, invalidez o sobrevivencia al afiliado o sus beneficiarios legales.
Prima de Seguro de vehículos motorizados: Cubre los gastos derivados de accidente, robo, hurto o uso no autorizado de vehículos y la responsabilidad civil surgida por danos terceros.
Prima de Seguro colectivo: Se contratan por un grupo de personas o a favor de un conjunto de personas que poseen un vínculo contractual legal o institucional. 
Prima de Seguro de responsabilidad civil: Es aquel que se contrata para cubrir daños y lesiones a terceros. 
Seguro Social: Es regido en nuestro país por la Ley del Seguro Social, publicada en gaceta oficial No 4322 de fecha 3 de noviembre de 1991. Este seguro fue creado por el Estado con fines netamente social y asistencial y se apoya en las contribuciones de carácter obligatorio. 
Prima de Seguro Agrícola: Es aquel cubre gastos de producción de pérdida sobre cosechas.
Prima de Seguro aéreo: Es aquel que cubre todo riesgo de perdida o daño físico, que puedan experimentar los bienes asegurados, siempre que dichos danos se produzcan como consecuencia de un accidente externo que ocurra en el trayecto o almacenaje amparados y durante de la vigencia de la póliza.
Seguro de paro forzoso: Es aquel que es regulada por la Ley del Sistema de Paro Forzoso y capacitación laboral, publicada en la gaceta oficial extraordinaria No. 5.392 de fecha 22 de octubre de 1999. En el cual todo trabajador que haya cotizado tendrá una indemnización al quedar cesante.
Prima de Seguro de HCM: El asegurador se obliga a cambio de una cierta cantidad de dinero (prima) a indemnizar al asegurado o titular de la póliza por los gastos en que pudiera incurrir a consecuencia de alteraciones en su salud.
Prima de Seguro funerario: La empresa aseguradora a cambio del pago de una prima, garantiza la prestación integral de los servicios funerarios que se originen por el deceso del tomador de la póliza o a los miembros de la familia.
Tipos de Seguros: La función aseguradora puede estar a cargo del Estado o en Privado, y se dividen en Seguros Sociales y en Seguros Privados.
Seguros Sociales: Los seguros sociales tienen por objeto asegurar a la clase trabajadora contra ciertos riesgos, como la muerte, accidentes, invalidez, enfermedades, desocupación y la maternidad. Son obligatorias sus primas y están a cargo de los asegurados y empleadores, y en algunos casos el Estado también contribuye con su aporte para la financiación de las indemnizaciones. Otra de su característica es la falta de una póliza, con los derechos y obligaciones de las partes, dado que estos seguros son establecidos por leyes y reglamentados por decretos, en donde se precisan esos derechos y obligaciones.
Seguro Privado: Estos son seguros que el asegurado contrata voluntariamente para cubrirse de ciertos riesgos, mediante el pago de una prima que se halla a su cargo exclusivo. Los seguros privados se concretan con la emisión de una póliza, que es el instrumento del contrato del seguro donde constan los derechos y obligaciones del asegurado y asegurador. De acuerdo con su objeto los seguros privados pueden clasificarse en seguros sobre personas y seguros sobre cosas.

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